Noticias de la cofradía de Celeiro

Axuda ao proxecto colectivo para a "mellora da calidade dos productos pesqueiros no porto de Celeiro 2024"

 

                         

 

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Axuda ao proxecto colectivo para "obra de modernización e mellora das infraestruturas no porto de Celeiro 2024"

               

 

Xunto achegamos a Resolución da Consellería do Mar pola que se concede unha axuda ao Proxecto Colectivo "OBRA DE MODERNIZACIÓN, CELEIRO 2024", presentado pola Confraría de Pescadores de Celeiro.

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Borrador de la Resolución por la que se modifica la resolución de 26 de enero de 2024, de la Secretaría General de Pesca de especies profundas

Se ha recibido un correo electrónico de la Subdirección General de Caladero Nacional y Aguas de la Unión Europea, que por su importancia les transcribimos:
 
“Adjunto se remite borrador de la Resolución por la que se modifica la resolución de 26 de enero de 2024, de la Secretaría General de Pesca de especies profundas. De tener observaciones, pueden hacerlas llegar a esta dirección de correo, antes del próximo lunes 13 de mayo a las 17:00 h.
 
Se adjunta borrador de la Resolución, de la que destacamos lo siguiente:
 
Se ha procedido a modificar el Anexo I de la Resolución de 26 de enero de 2024 tras la revisión del reparto de unidades de gestión en base a los datos históricos de capturas y desembarques correspondientes al periodo 2020, 2021, 2022 y 2023, incorporando en la aplicación de gestión de cuotas los sobrantes de la campaña anterior a cada stock.
 
En el caso del besugo y de los alfonsinos, la cuota se establece exclusivamente para capturas accesorias, no pudiéndose hacer pesca dirigida a ninguno de los dos stocks.
 
El besugo (SBR/678-) no dispondrá de flexibilidad interanual.
 
Se han incorporado 4.769 kg correspondientes la flexibilidad interanual de 2023 del sable negro y 4.369 kg para el stock de alfonsinos.
 
Se han acordado distintos intercambios de cuota de con otros estados miembros mediante los cuales España ha cedido 2 toneladas de besugo de la unidad de gestión 2 a Francia a cambio de 13,80 toneladas de bacalao del mar Céltico y de 5,88 toneladas de bacalao al oeste de Escocia.
 
Se han recibido 20 toneladas de sable negro y 2 toneladas de alfonsinos de Portugal a cambio de pez espada del Atlántico Norte.
 
Por todo ello, en este momento las cuotas adaptadas de besugo, alfonsinos y sable negro sin tener en cuenta el 3% de la retención de la cuota inicial, ascienden a 79.480,00 kg, 45169 kg y 31.559,00 kg, respectivamente.
 
En el Anexo IV se describe la distribución por unidades de gestión una vez deducido el 3% de retención sobre las cuotas adaptadas, para compensar posibles rebasamientos de cuota de los tres stocks.
 
El reparto de posibilidades de pesca es de aplicación para toda la campaña 2024.
 
La asignación de las cantidades adicionales obtenidas de alfonsinos (stock ALF/3X14) y sable negro (stock BSF/8910-) así como las cantidades aportadas de besugo (stock SBR/678-) y los criterios utilizados solo tienen efectos para el presente año 2024.
 
Pueden enviar alegaciones hasta el 13 de mayo a las 17:00 horas al correo calnacpm@mapa.es

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Nuevo Reglamento de Control

A través de la presente circular les informamos del nuevo Reglamento de Control, recibido de la Dirección General de Ordenación Pesquera, asi como el enlace para acceder a las presentaciones:
 
 
Les recordamos los principales puntos relativos a las cuestiones más importantes referentes a la aplicación de las modificaciones del Reglamento de Control que, como hemos comentado en anteriores circulares, entrarán en vigor de forma escalonada.
 
Dentro de este escalonamiento, la fecha más próxima es el 10 de julio de este año en que entrará en vigor lo relativo a las modificaciones que tienen que ver con la aplicación del margen de tolerancia.
 
Hemos extraído de dichas presentaciones los cuadros más importantes para facilitarles una lectura resumida.
 
(abrir archivo)

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Proxectos colectivos para a modernización e mellora dos equipamentos e das infraestruturas dos portos pesqueiros

Informámoslles de que hoxe foi publicada no DOG a Orde do 17 de abril de 2024 pola que se amplía o crédito da Orde do 28 de decembro de 2023 pola que se establecen as bases reguladoras e a convocatoria para o ano 2024 de concesión, en réxime de concorrencia competitiva, de axudas a proxectos colectivos para a modernización e mellora dos equipamentos e das infraestruturas dos portos pesqueiros, dos lugares de desembarque, das lonxas e dos ancoradoiros, cofinanciada polo Fondo Europeo Marítimo, de Pesca e de Acuicultura (FEMPA) (código de procedemento PE209G).
 
O novo importe total máximo, sumando o importe inicial publicado e a presente ampliación, queda fixado no cadro seguinte:
 
  Ano 2024         Ano 2025             Total
 8.170.000 €       3.500.000 €      11.670.000 €
 
Achegamos coa presente circular o documento de referencia.

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Ayudas para la dotación de los botiquines de a bordo para los buques de pesca

Se ha publicado en el BOE el Extracto de la Resolución de 15 de abril de 2024, del Instituto Social de la Marina, por la que se convocan ayudas para la dotación de los botiquines de los que han de ir provistos los buques, convocatoria 2023.
 
Les acompañamos copia del mencionado extracto. Pueden consultar el texto completo a través del siguiente enlace:
 
 
La información sobre cómo puede tramitar la ayuda económica está en el siguiente enlace:
 
 
BENEFICIARIOS
Empresarios de embarcaciones debidamente registradas o abanderadas en España sujetos a la obligación de llevar permanentemente el botiquín de a bordo, según la categoría en que esté clasificado, conforme a lo establecido en el anexo I del Real Decreto 258/1999, de 12 de febrero.
 
OBJETO DE LA SUBVENCIÓN
Las ayudas económicas que se regulan en esta convocatoria están destinadas a subvencionar la dotación inicial de botiquines, esto incluye:
 
- La adquisición inicial de los fármacos y el material sanitario que componen el botiquín reglamentario a bordo, según lo dispuesto en el Real Decreto 258/1999, de 12 de febrero, en la redacción vigente en el momento de realizar el gasto, cuando sea la primera vez que el empresario solicite la ayuda correspondiente al Instituto Social de la Marina y el gasto efectuado por dicho concepto se haya producido entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2023, ambos inclusive.
 
- La reposición de botiquines, dirigidas a subvencionar la reposición de los fármacos y el material sanitario que deben configurar el botiquín preceptivo, según lo dispuesto en el Real Decreto 258/1999,de 12 de febrero, en la redacción vigente en el momento de realizar el gasto, entendiéndose por reposición la adquisición de los medicamentos y/o material sanitario caducados, deteriorados o consumidos, siempre que el gasto efectuado por dicho concepto se haya producido entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2023, ambos inclusive.
 
BASES REGULADORAS
Orden ESS/2542/2014, de 5 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la dotación de los botiquines de los que han de ir provistos los buques, publicada en el BOE de 6 de enero de 2015.
 
CUANTÍAS
En ambos tipos de ayudas, dotación inicial y reposición, el importe de la subvención alcanzará:
 
Botiquín A (buques que realicen navegación o pesca marítima sin limitación de zona geográfica): El 65% del coste real de los fármacos del botiquín reglamentario.
 
Botiquín B (Buques que realicen navegación o pesca marítima en zonas situadas entre las 60 y 150 millas náuticas del puerto más próximo equipado): El 70% del coste real de los fármacos del botiquín reglamentario.
 
Botiquín C (Buques que realicen navegación o pesca marítima en zonas situadas a menos de 60 millas náuticas del puerto más próximo equipado): El 90% del coste real de los fármacos del botiquín reglamentario.
 
Botiquín de balsa de salvamento: El 90% del coste real del botiquín.
 
Botiquín de mercancías peligrosas: El 65%.
 
PLAZO PARA PRESENTAR LAS SOLICITUDES
Un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente extracto en el "Boletín Oficial del Estado.

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