Noticias de la cofradía de Celeiro

Plan experimental para a xestión do PULPO para 2024-2025

Achegamos a Resolución pola que se aproba o Plan Experimental para a xestión do polbo (Octopus vulgaris) con nasa para a campaña 2024-2025.
 
Época de vixencia do presente plan: dende o 3 de maio de 2024 até a data de inicio da veda do ano 2025.
 
Período de veda 2024: entre as 16.00 horas do 3 de maio até as 5.00 horas do 1 de xullo de 2024.
 
Peso mínimo: 1 kg/peza, independentemente de que sexa enteiro ou eviscerado a bordo.
 
Cotas máximas de captura: do 1 de xullo até o 31 de agosto de 2024: 35 kg/barco e día, ao cal se lle engadirán 35 kg/día por cada tripulante enrolado e a bordo, até un máximo de 240 kg/día.
No que resta de campaña a cota máxima será de 55 kg/embarcación e día, ao cal se lle engadirán 55 kg/día por cada tripulante enrolado e a bordo, até un máximo de 380 kg/día.
 

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Consulta pública el futuro anteproyecto de Ley de Control, Inspección y Régimen Sancionador de la Pesca Marítima

Se ha abierto el plazo para someter a consulta pública el futuro anteproyecto de Ley de Control, Inspección y Régimen Sancionador de la Pesca Marítima. Adjuntamos el documento junto al modelo para presentar alegaciones.
 
Pueden acceder a la consulta pública a través del siguiente enlace:
 
 
El objetivo de esta consulta es adaptar la normativa nacional a las reformas introducidas a nivel internacional y europeo en el ámbito del control de la actividad pesquera y del régimen sancionador.
Se pretende también la modernización de los sistemas de control, así como la racionalización y actualización de la regulación del régimen sancionador.
 
El objetivo también es adaptar el sistema de control e inspección de las actividades de pesca marítima, y simplificar y actualizar el régimen sancionador, para dar cumplida respuesta a las necesidades que la práctica, la evolución de la regulación europea y el progreso científico y técnico han traído.
 
Asimismo, en esta norma se pretende dar un tratamiento especialmente detallado a la lucha contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada, una lacra de especial impacto contra la que España abandera una decidida lucha.
 
Por todo ello en la futura norma se acordará:
 
a) Revisar los sistemas de control e inspección como garantía del cumplimiento de la política pesquera común.
 
Dentro de las medidas de control destaca la implantación de sistemas y dispositivos digitales en consonancia con la normativa europea. Asimismo, se pretende reforzar la figura de los inspectores de pesca y demás personal habilitado para el ejercicio de labores de control e inspección para optimizar su trabajo.
 
b) Reforzar la lucha contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR).
 
El objetivo es impedir que los buques que practican la pesca INDNR utilicen puertos para desembarcar sus capturas y frenar el flujo de productos pesqueros derivados de este tipo de pesca hacia los mercados nacionales e internacionales.
 
c) Racionalizar y actualizar el régimen de infracciones y sanciones.
 
Se pretenden definir con mayor concreción los criterios sancionadores, las sanciones y el procedimiento de ejecución de las mismas, a efectos de dotar al sistema de una mayor seguridad jurídica.
Las observaciones deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico: bzn-sgajuridicosgpi@mapa.es, indicando en el asunto “Consulta pública previa Ley de control, inspección y régimen sancionador de la pesca marítima”.
 
El plazo para el envío de las observaciones y comentarios comienza el 16 de abril y finaliza el 30 del mismo mes, ambos inclusive.

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Reconocimiento de coeficiente reductor de la edad de jubilación de los periodos en los que el ROL se encuentra depositado por parada de actividad

Se ha recibido una comunicación del Jefe del Servicio de Participación en la Gestión e Información del Instituto social de la Marina (ISM) donde nos indican que se va remitir a las direcciones provinciales del ISM para que informen en las respectivas Comisiones Ejecutivas Provinciales, referente a la exclusión del tiempo de actividad a computar del reconocimiento de coeficiente reductor de la edad de jubilación los periodos en los que el Rol de la Embarcación en el que figura el trabajador se encuentra depositado por parada de actividad y que por su importancia les transcribimos:
 
El artículo 30 de la Ley 47/2015, de 21 de octubre, reguladora de la protección social de las personas trabajadoras del sector marítimo-pesquero, establece que la edad para acceder a la pensión de jubilación podrá ser rebajada mediante la aplicación de coeficientes reductores (COE) en aquellas actividades profesionales de naturaleza excepcionalmente penosa, tóxica, peligrosa o insalubre en las que se acusen elevados índices de morbilidad o siniestralidad, así como en aquellas otras cuya realización implique una continua separación del hogar y alejamiento familiar.
 
Los citados coeficientes reductores son los establecidos en el Real Decreto 1311/2007, de 5 de octubre, por el que se establecen nuevos criterios para determinar la pensión de jubilación del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.
 
Según lo establecido en dicha norma, los coeficientes reductores se apli-carán al tiempo efectivamente realizado en cada una de las actividades. Asimismo, se entenderán incluidos dentro del tiempo efectivamente realizado los períodos de desembarco debidos a enfermedad y accidente, así como vacaciones, permisos u otras licencias retribuidas que procedan de conformidad con lo establecido en la legislación laboral aplicable.
 
El Instituto Social de la Marina, en su compromiso de avanzar en el impulso de la Administración Electrónica, ha implementado nuevos desarrollos informáticos que permiten conocer los periodos en los que el Rol de la Embarcación se encuentra depositado por parada de actividad. Durante dichos periodos, la embarcación se encuentra parada en puerto y sus tripulantes no están realizando la actividad que da lugar al reconocimiento de los coeficientes reductores de la edad de jubilación.
 
En consecuencia, a partir del día 1 de mayo de 2024, se excluirá del tiempo de actividad a computar del reconocimiento de coeficiente reductor de la edad de jubilación los periodos en los que el Rol de la Embarcación en el que figura el trabajador se encuentra depositado por parada de actividad.
 
Se mantendrá el reconocimiento del coeficiente reductor de la edad de jubilación para los periodos debidos a vacaciones, permisos, incapacidad temporal y nacimiento y cuidado de menor iniciados con anterioridad o a fecha del depósito del Rol de la Embarcación por parada de la actividad.
 
Con la finalidad de respetar la información facilitada hasta la fecha por el Instituto Social de la Marina a las personas trabajadoras del Régimen Especial del Mar y no perjudicar a las mismas, esta exclusión de los períodos de inactividad con depósito del Rol de la Embarcación, no se aplicará con efectos retroactivos a los periodos de vida laboral anteriores a 1 de mayo de 2024.
 
El nuevo informe COE permite visualizar, con la clave DROL, los periodos en los que no se reconoce el coeficiente reductor de la edad de jubilación por estar depositado el Rol de la Embarcación por parada de la actividad.
 
Para más información, estamos a su disposición en la dirección provincial o local del Instituto Social de la Marina más cercana a su domicilio.”
 
Les reiteramos que esta información se enviará a todas las Direcciones Provinciales del ISM para que informen en todas las Comisiones Ejecutivas Provinciales, por si necesitan una mayor información o aclaración al respecto.

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Lista de especies y stocks elegibles que podrán ser objeto de flexibilidad interespecies durante el año 2024

Les remitimos la publicación en el BOE de la Resolución de la Secretaría General de Pesca por la que se publica la lista de especies y stocks elegibles que podrán ser objeto de flexibilidad interespecies durante el año 2024, así como las poblaciones que podrán ser objeto de deducción ese mismo año para cubrir las especies retenidas.
 

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Lista de especies para 2024 que disponen de una exención a la obligación de desembarque por alta capacidad de supervivencia

Se ha recibido un correo electrónico de la Subdirección General de Caladero Nacio-nal y Aguas de la Unión Europea con la Resolución firmada de la Secretaría General de Pesca, por la que se publica la lista de especies y cantidades máximas que podrán descartarse mediante la excepción de minimis durante el año 2024.
 
Tras haberse publicado en el BOE, adjunta se la remitimos.

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Solicitud reconocimiento/convalidación titulados de terceros países.

Se ha recibido un correo electrónico de la Subdirección General de Sostenibilidad Económica y Asuntos Sociales que, por su importancia, les transcribimos:
 
“Recientemente la Secretaría General de Pesca ha habilitado un nuevo procedimiento en la sede electrónica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, con el objetivo de facilitar el proceso de reconocimiento/convalidación de títulos de terceros países. El procedimiento se encuentra alojado en la siguiente dirección donde se indican todos los pasos a dar, así como la documentación necesaria para el proceso:
 
 

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