Noticias de la cofradía de Celeiro

Resolución 26 de enero de 2024 de la SGP, de ordenación para el jurel de la zona CIEM 8C - Artes Menores

Se ha recibido de la Subdirección General de Caladero Nacional y Aguas de la Unión Europea Resolución de 26 de enero de 2024 firmada de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen disposiciones adicionales de ordenación para el jurel de la zona CIEM 8C, para los buques censados en la modalidad de otras artes distintas al arrastre y al cerco en el caladero Cantábrico y Noroeste.

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Orden ISM/29/2024: Bases de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores del Régimen Especial de los Trabajadores del Mar

Les remitimos copia de la Orden ISM/29/2024, de 22 de enero, por la que se establecen para el año 2024 las bases de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar incluidos en los grupos segundo y tercero, que se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado.
 
Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», con efectos desde el día 1 de enero de 2024.

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Resolución de 26 de enero de 2024, distribución cuota 2024 de besugo, alfonsinos y de sable negro, entre las flotas del caladero nacional

Se ha recibido de la Subdirección General de Caladero Nacional y Aguas de la Unión Europea Resolución de 26 de enero de 2024 firmada de la Secretaría General de Pesca, por la que se distribuye la cuota de España 2024 de besugo (Pagellus bogaraveo) SBR/678-, alfonsinos (Beryx spp) ALF/3X14- y de sable negro (Aphanopus carbo) BSF/8910-, entre las flotas del caladero nacional (zo-nas 8C y 9A) y las flotas que operan en aguas de la NEAFC, y se establecen medidas de ordenación de la pesquería.

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Reparto de Cuotas Iniciales por Modalidades para 2024

Les remitimos copia de la Resolución de 26 de enero de 2024, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen las cuotas iniciales para 2024 disponibles por modalidad o censo para las distintas especies contempladas en los planes de gestión de los buques censados en los caladeros nacionales del Cantábrico y Noroeste, Golfo de Cádiz, así como buques de arrastre de fondo que faenan en aguas de Portugal
 
Tras haberse publicado en el BOE, adjunta se la remitimos.

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Plan de gestión para los buques de Cerco del Caladero Nacional del Cantábrico y Noroeste

Se ha publicado la Orden Orden APA/37/2024, de 23 de enero, por la que se modifica la Orden AAA/2534/2015, de 17 de noviembre, por la que se establece un plan de gestión para los buques de los censos del Caladero Nacional del Cantábrico y Noroeste.
 
Con esta modificación se está instaurando una veda espacio-temporal de 60 días, para flota de cerco y otros artes menores, dependientes de la pesquería del jurel 8C.
 
adjuntamos corrección de errores en la de 10 de febrero de 2023, por la que se establece un periodo de parada, de carácter voluntario, en la pesquería del jurel stock JAX/8C, para la flota de cerco y de artes menores dependiente de dicha especie, junto con la posibilidad de una compensación por paralización temporal y las condiciones para el acceso a la misma.

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Capturas accidentales de cetáceos en el Golfo de Vizcaya - medidas impuestas por Francia.

Medidas adoptadas por Francia ante los problemas derivados de las capturas accidentales de cetáceos.
 
Se ha publicado en el Diario Oficial de la República Francesa la Orden de 17 de enero de 2024 por la que se establecen medidas espacio-temporales para los buques de pabellón extranjero, destinadas a reducir las capturas accidentales de pequeños cetáceos en el Golfo de Vizcaya para el año 2024.
 
Esta prohibición de pescar en el Golfo de Vizcaya, impuesta por Francia a los pescadores de toda Europa, entra en vigor el día 22 de enero.
 
Les adjuntamos copia de la mencionada orden en español (traducción no oficial).
 
Esta orden en su artículo 1 dice:
 
“Se prohíbe pescar, en las aguas bajo jurisdicción y soberanía francesas en las subdivisiones a, b, c y d de la zona CIEM VIII, desde el 22 de enero hasta el 20 de febrero inclusive para el año 2024, a los buques pesqueros de eslora total superior o igual a ocho metros, que enarbolen pabellón de otro Estado miembro de la Unión Europea o de un tercer Estado, y utilizando uno de los siguientes artes en el Golfo de Vizcaya: red de arrastre de aguas medias con nutrias (código de arte: OTM), red de arrastre de carne pelágica (código de arte: PTM), red de arrastre de buey de fondo (código de arte: PTB), red de trasmallo (código de arte: GTR), red de enmalle fija (código de arte: GNS), redes de cerco pelágico (código de arte: PS).”

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