Noticias de la cofradía de Celeiro

Convenio sobre el trabajo en la pesca de la OIT, 2008 (número 188)

Se ha recibido comunicación de la Subdirección General de Sostenibilidad Económica y Asuntos Sociales que por su importancia les transcribimos:
 
“La entrada en vigor del Convenio sobre el trabajo en la pesca de la OIT, 2008 (número 188), obliga a determinados buques a llevar a bordo un documento que acredite que ha sido inspeccionado por las autoridades competentes, o en su nombre, a fin de dar cumplimiento a las disposiciones del referido Convenio, relativas a las condiciones de vida y de trabajo a bordo.
 
El ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha participado en la elaboración del proyecto de real decreto donde se recoge que la Dirección general de Ordenación Pesquera y Acuicultura de la Secretaría General de Pesca hará pública anualmente una lista orientativa de buques que, según la información disponible en ese momento, deberían disponer del referido documento válido que tendrá la denominación de Certificado de Trabajo en la Pesca.
 
Por lo anteriormente expuesto, y en cumplimiento del compromiso adquirido, el MAPA ha elaborado la lista orientativa de buques antes referida pudiendo consultarse la misma en el siguiente enlace:
 

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Pesquería de la caballa para los buques de la flota de otras artes distintas al arrastre y cerco con puerto base en la provincia de Lugo.

Les remitimos la Resolución de 4 de marzo de 2024, de la Secretaría General de Pesca por la que se establecen disposiciones adicionales de ordenación de la pesquería de la caballa (Scomber scombrus) de las zonas 8c y 9a para los buques de la flota de otras artes distintas al arrastre y cerco con puerto base en la provincia de Lugo.
 
Tras haberse publicado en el BOE, adjunta se la remitimos.
 
Esta resolución no pone fin a la vía administrativa,

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Consulta pública por el que se modificaría el Real Decreto 876/2014, del Reglamento General de Costas.

Se ha abierto el plazo para someter a consulta pública el Proyecto de Real Decreto por el que se modificaría el Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, por el que se aprobó el Reglamento General de Costas.
 
El objetivo de esta consulta es recabar la opinión de particulares, organizaciones y enti-dades interesadas respecto a dicha propuesta. Para ello, se recaba información acerca de los siguientes aspectos:
 
a. Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
b. La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c. Los objetivos de la norma.
d. Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias. Los comentarios y contribuciones podrán remitirse desde el 1 hasta el 22 de marzo de 2024 a través de la dirección de correo electrónico: buzon-sgdpmt@miteco.es indicando en el asunto “Consulta pública previa real decreto modificación Reglamento General de Costas”.
 
Pueden acceder a la consulta a través del siguiente enlace:
 
 
Consulta pública previa sobre el Proyecto de Real Decreto por el que se modificaría el Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, por el que se aprobó el Reglamento General de Costas. (miteco.gob.es)

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Consulta pública por el que se aprueban las Estrategias Marinas de segundo ciclo de las cinco demarcaciones marinas españolas

Se ha abierto el plazo para someter a consulta pública el proyecto de Real Decreto por el que se aprueban las Estrategias Marinas de segundo ciclo de las cinco demarcaciones marinas españolas.
El objetivo de esta consulta es recabar la opinión de particulares, organizaciones y entidades interesadas respecto a dicha propuesta. Para ello, se recaba información acerca de los siguientes aspectos:
 
a. Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
b. La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c. Los objetivos de la norma.
d. Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias. Los comentarios y contribuciones podrán remitirse desde el 29 de febrero de 2024 al 29 de marzo de 2024 a través de la dirección de correo electrónico: Bzn-estrategiasmarinas@miteco.es indicando en el asunto “Consulta pública previa real decreto EEMM 2º ciclo”.
 
Pueden acceder a la consulta a través del siguiente enlace:
 
Consulta pública previa sobre el Proyecto de Real Decreto por el que se aprueban las Estrategias Marinas de segundo ciclo de las cinco demarcaciones marinas españolas. (miteco.gob.es)
 

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Reconocimiento de títulos de marinero pescador de Indonesia

La Subdirección General de Sostenibilidad Económica y Asuntos Sociales nos ha informado de que recientemente la Secretaría General de Pesca mantuvo una reunión con representantes del Gobierno de Indonesia donde se presentó el título de marinero pescador que se está expidiendo por Indonesia y que será el que sea reconocido en España.
 
Con el fin de facilitar el proceso de reconocimiento de marineros-pescadores de la Republica de Indonesia se remite modelo de título válido junto con la guía del procedimiento de “Reconocimiento de títulos de marinero pescador de Indonesia” que recoge cómo realizar la solicitud y la documentación a adjuntar en la misma, así como los trámites para continuar con el proceso una vez otorgado dicho reconocimiento por la Dirección General de Ordenación Pesquera y Acuicultura.

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Posibilidades y cuotas individuales de merluza sur (HKE/8C3411) para los buques de palangre de fondo en el caladero CNW - 2024

Se ha recibido un correo electrónico de la Subdirección General de Caladero Nacional y Aguas de la Unión Europea con la Resolución firmada de la Secretaría General de Pesca por la que se establecen las posibilidades de pesca individuales, así como las cuotas individuales de merluza sur (HKE/8C3411) para los buques censados en la modalidad de palangre de fondo en el caladero Cantábrico y Noroeste durante el año 2024, de la que les remitimos copia.
 
Les destacamos a continuación los cambios efectuados:
 
A la cuota inicial se ha incorporado la flexibilidad interanual generada en 2023 por cada barco y grupo de barcos, de forma que hasta el 10% de la cuota adaptada 2023 no capturada en dicho año, se traspasa a 2024. Adicionalmente, la diferencia entre la flexibilidad interanual global de España y la suma de las flexibilidades generadas por cada barco y grupos de barcos se ha repartido en proporción a las posibilidades que cada modalidad tiene del stock HKE/8C3411, y las que cada barco tiene dentro de la modalidad. La flexibilidad interanual que le corresponde a la modalidad de palangre de fondo en Cantábrico Noroeste de la campaña 2023 es de 184.805 kg.
 
La cuota adaptada disponible de merluza (stock HKE/8C3411) para la modalidad de palangre de fondo en Cantábrico y Noroeste asciende a 1.188.649 kg
 
Esta Resolución produce efectos para toda la campaña de pesca 2024.
 
Esta Resolución no pone fin a la vía administrativa

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