Noticias de la cofradía de Celeiro

Posibilidades y cuotas individuales de pesca de los buques de cerco para el 2023

Se ha recibido de la Subdirección General de Caladero Nacional y Aguas de la Unión Europea la Resolución de 28 de diciembre 2022, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen las posibilidades de pesca individuales, así como cuotas individuales de pesca para el año 2023 para los buques censados en la modalidad de cerco autorizados a faenar en 2023 en el caladero Cantábrico y Noroeste

Con respecto al borrador de esta Resolución enviado con nuestra carta circular ha habido la siguiente variación (subrayado):

Este reparto inicial se realiza previamente a la fecha de la que disponen los barcos para regularizar la campaña 2022, que es hasta el 31 de enero de 2023. Esto significa que aquellos barcos que terminen la campaña 2022 con sobrepesca en algún stock, la posible cantidad de sobrepesca que en este momento se desconoce, será deducida de la cuota inicial que se reparte mediante esta Resolución. Por la misma razón, no haberse regularizado todavía la campaña 2022, la flexibilidad interanual que a cada barco le pueda corresponder en aplicación del Reglamento (CE) 847/1996, de 6 de mayo, por el que se establecen condiciones adicionales para la gestión anual de los TAC y las cuotas, se distribuirá en un momento posterior en 2023. Los barcos que aparecen en el Anexo I con la llamada (1) presentan sobrepesca al final de período de alegaciones del borrador de resolución.

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Inicio de la pesquería de la caballa unicamente para capturas accesorias con artes distintas de arrastre y cerco.

Xuntamos a Resolución do 23 decembro de 2022, da Secretaría Xeral de Pesca, pola que se establecen disposicións de ordenación da pesqueira de xarda (Scomber scombrus) das zonas 8C e 9A en 2023, para os buques da flota de outras artes distintas de arrastre e cerco do caladoiro Cantábrico Noroeste.

Dita resolución resolve o inicio da campaña da pesqueira da xarda para o ano 2023 as 00:00 horas do 1 de xaneiro de 2023, unicamente para capturas accesorias, e para todos os barcos de outras artes diferentes ao arrastre e o cerco.

A captura de mais de un 20 % de xarda, respecto ao total das capturas da marea será considerada como pesca dirixida. 

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Posibilidades de pesca individuales 2023 flota palangre de fondo CNW

En relación con el borrador que les remitimos en su día y adjuntamos ha habido los siguientes cambios:

Este reparto inicial se realiza previamente a la fecha de la que disponen los barcos para regularizar la campaña 2022, que es hasta el 31 de enero de 2023. Esto significa que aquellos barcos que terminen la campaña 2022 con sobrepesca en algún stock, la posible cantidad de sobrepesca que en este momento se desconoce, será deducida de la cuota inicial que se reparte mediante esta Resolución. Por la misma razón, no haberse regularizado todavía la campaña 2022, la flexibilidad interanual que a cada barco le pueda corresponder en aplicación del Reglamento (CE) 847/1996, de 6 de mayo, por el que se establecen condiciones adicionales para la gestión anual de los TAC y las cuotas, se distribuirá en un momento posterior en 2023.

 

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Ley de ordenación do litoral de Galicia

Informamos que se encontra sometida ao proceso de información pública, polo prazo de un mes contado dende o día de maña (20 de decembro de 2022), o anteproxecto de Lei de ordenación do litoral de Galicia.

Pódese consultar o anteproxecto no seguinte enlace: https://transparencia.xunta.gal/tema/informacion-de-relevancia-xuridica/normativa-en-tramitacion/en-prazo-de-envio-de-suxestions

Pódense enviar as posibles alegacións a través do e-mail: reximexuridico.cmatv@xunta.gal ou ben mediante a presentación de escrito dirixido Secretaría Xeral Técnica da Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Vivenda, en calquera dos lugares previstos no artigo 16.4 da Lei 39/2015, do 1 de outubro, do procedemento administrativo común das administracións públicas.

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AXUDAS REM

Informamos da publicación, no BOE núm. 302 do sábado 17 de decembro de 2022, do extracto da Orde do 30 de novembro de 2022, pola que se convocan para o ano 2022 as axudas para armadores de barcos de eslora total igual ou superior a 12 metros, tendo preferencia para as axudas os armadores de barcos de eslora total igual ou superior a 24 metros, para a adquisición por primeira vez, e instalación de sistemas de seguimento electrónico remoto (REM), no marco do Plan de Recuperación, Transformación e Resiliencia, financiado polo fondo europeo “Next Generation EU”

Serán beneficiarios destas axudas os armadores de buques pesqueiros cunha eslora total igual ou superior aos 12 metros, tendo preferencia os de eslora total igual ou superior aos 20 metros.

O obxectivo desta axuda e impulsar a dixitalización do sector pesqueiro. Dixitalización dos medios para a vixilancia da flota pesqueira.

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Primer tramo línea de avales de financiación concedida a empresas en respuesta a la guerra en Ucrania (Real Decreto-ley 6/2022)

Les adjuntamos la Resolución publicada en el BOE de 14 de octubre de 2022, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 11 de octubre de 2022, por el que se modifica el de 10 de mayo de 2022, por el que se establecen los términos y condiciones del primer tramo de la línea de avales a financiación concedida a empresas y autónomos establecida por el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.

Por la presente le informamos que el recuadro «Importe máximo por cliente» de la sección «Avales sujetos al apartado 2.1 del Marco Temporal» de la tabla recogida en el apartado Primero del anexo I del Acuerdo de Consejo de Ministros, de 10 de mayo de 2022, por el que se establecen los términos y condiciones del primer tramo de la línea de avales a financiación concedida a empresas y autónomos establecida por el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, queda redactado como sigue (hemos resaltado en azul las principales modificaciones atinentes a la pesca, que conllevan un aumento de las cantidades relativas al nominal avalado, y a la cantidad máxima del principal avalado, que pasan de 35.000 € a 75.000 € en un caso, y en el otro de 43.750 € a 93.750 €):

Avales sujetos al apartado 2.1 del Marco Temporal

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