Primer tramo línea de avales de financiación concedida a empresas en respuesta a la guerra en Ucrania (Real Decreto-ley 6/2022)
Les adjuntamos la Resolución publicada en el BOE de 14 de octubre de 2022, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 11 de octubre de 2022, por el que se modifica el de 10 de mayo de 2022, por el que se establecen los términos y condiciones del primer tramo de la línea de avales a financiación concedida a empresas y autónomos establecida por el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.
Por la presente le informamos que el recuadro «Importe máximo por cliente» de la sección «Avales sujetos al apartado 2.1 del Marco Temporal» de la tabla recogida en el apartado Primero del anexo I del Acuerdo de Consejo de Ministros, de 10 de mayo de 2022, por el que se establecen los términos y condiciones del primer tramo de la línea de avales a financiación concedida a empresas y autónomos establecida por el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, queda redactado como sigue (hemos resaltado en azul las principales modificaciones atinentes a la pesca, que conllevan un aumento de las cantidades relativas al nominal avalado, y a la cantidad máxima del principal avalado, que pasan de 35.000 € a 75.000 € en un caso, y en el otro de 43.750 € a 93.750 €):
Avales sujetos al apartado 2.1 del Marco Temporal
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