Noticias de la cofradía de Celeiro

Primer tramo línea de avales de financiación concedida a empresas en respuesta a la guerra en Ucrania (Real Decreto-ley 6/2022)

Les adjuntamos la Resolución publicada en el BOE de 14 de octubre de 2022, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 11 de octubre de 2022, por el que se modifica el de 10 de mayo de 2022, por el que se establecen los términos y condiciones del primer tramo de la línea de avales a financiación concedida a empresas y autónomos establecida por el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.

Por la presente le informamos que el recuadro «Importe máximo por cliente» de la sección «Avales sujetos al apartado 2.1 del Marco Temporal» de la tabla recogida en el apartado Primero del anexo I del Acuerdo de Consejo de Ministros, de 10 de mayo de 2022, por el que se establecen los términos y condiciones del primer tramo de la línea de avales a financiación concedida a empresas y autónomos establecida por el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, queda redactado como sigue (hemos resaltado en azul las principales modificaciones atinentes a la pesca, que conllevan un aumento de las cantidades relativas al nominal avalado, y a la cantidad máxima del principal avalado, que pasan de 35.000 € a 75.000 € en un caso, y en el otro de 43.750 € a 93.750 €):

Avales sujetos al apartado 2.1 del Marco Temporal

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Modificación topes pescada, publicación no BOE

Informamos da publicación no BOE núm. 238 do martes 4 de outubro de 2022 da Resolución do 26 de setembro de 2022, da Secretaría Xeral de Pesca, pola que se modifica a Resolución de 27 de decembro de 2021, pola que se establecen disposicións adicionais de ordenación da pesqueira da pescada (Merluccius merluccius) das zona 8c e 9a para os buques da flota de artes menores do Cantábrico e Noroeste.

Dita Resolución establece unha cota de 12.000 quilogramos por barco e ano.

Aquelas embarcacións que xa tiveran adquirido cota, previamente a esta resolución, mediante o mecanismo das transmisións temporais de posibilidades de pesca computarán contra dita cota.

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Orden Proxectos colectivos 2022-2023

Informamos da publicación no D.O.G núm. 191, do xoves 6 de outubro de 2022, do extracto e da ORDE do 21 de setembro de 2022 pola que se establecen as bases reguladoras xerais e se convocan para o ano 2022, en réxime de concorrencia competitiva, axudas a proxectos colectivos, financiados polo Fondo Europeo Marítimo e da Pesca (FEMP), que contribúan á protección e recuperación da biodiversidade mariña a través dunha mellor xestión e conservación dos recursos mariños e dos seus ecosistemas, así como ao fomento da sensibilización ambiental (código de procedemento PE209C).

O importe máximo das subvencións que se concedan no 2022 será de 300.000 euros e distribuiranse nas seguintes anualidades:

Aplicación orzamentaria        15.03.723A.770.1

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Reglamento ejecución (UE) 2022/1614 - Zonas de pesca en aguas profundas y lista de zonas con ecosistemas vulnerables.

En relación con el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1614 de la Comisión de 15 de septiembre de 2022 por el que se determinan las zonas de pesca en aguas profundas existentes y se establece una lista de zonas en las que se conoce la existencia de ecosistemas marinos vulnerables o la posibilidad de que existan, se ha recibido un correo electrónico de Dirección General de Ordenación Pesquera y Acuicultura que pasamos a transcribir:

“En relación con la aplicación del Reglamento de Ejecución 2022/1614 de la Comisión, por el que se determinan las zonas de pesca en aguas profundas existentes y se establece una lista de zonas en las que se conoce la existencia de ecosistemas marinos vulnerables o la posibilidad de que existan, la Secretaría General de Pesca les comunica que después de las conversaciones mantenidas con la DG MARE en los últimos días, la Comisión europea ha confirmado que las áreas de los polígonos definidos en el Reglamento que se encuentran en profundidades inferiores a 400 metros no se encuentran afectadas por la prohibición de realizar operaciones de pesca con artes de fondo, por lo que la flota puede continuar faenando en las mismas a partir de la entrada en vigor del Reglamento de Ejecución a partir del 9 de octubre. La Comisión ha comunicado esta interpretación a todos los Estados Miembros afectados, España, Portugal, Francia e Irlanda.”

El Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1614 de la Comisión lo pueden descargar en el siguiente enlace:

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Reglamento ejecución (UE) 2022/1614 - Zonas de pesca en aguas profundas y lista de zonas con ecosistemas vulnerables.

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Resolución 26-09-2022 sobre Ordenación de la Merluza en las zonas 8C y 9A para Artes Menores

Se ha publicado en el BOE la Resolución de 26 de septiembre de 2022, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la de 27 de diciembre de 2021, por la que se establecen disposiciones adicionales de ordenación de la pesquería de la merluza (merluccius merluccius) de las zonas 8c y 9a para los buques de la flota de artes menores del Cantábrico y Noroeste.

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