Noticia: Nota informativa sobre las posibilidades de pesca individuales 2023 flota arrastre de fondo CNW


Agregada el 11/3/2023, modificada por última vez el 11/3/2023.


 

Se ha recibido de la Subdirección General de Caladero Nacional y Aguas de la Unión Europea un correo electrónico que, por su importancia, transcribimos:

“Mediante resolución de 29 de diciembre de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen las posibilidades de pesca individuales, así como cuotas individuales de pesca para el año 2023 para los buques censados en la modalidad de arrastre de fondo autorizados a faenar en 2023 en el caladero Cantábrico y Noroeste, se procedió a repartir las cuotas iniciales para los stocks en los que el arrastre CNW cuenta con reparto individual de cuotas al barco.

Tal y como se indicaba en dicha resolución, en un momento posterior se procedería al reparto de la flexibilidad interanual. Por el momento, dada la estacionalidad de la pesquería de la caballa, resulta posible para el stock MAC/8C3411 repartir la flexibilidad interanual generada por los barcos y grupos de barcos, la flexibilidad interanual sobrante de España, así como la redistribución de la sobrepesca -estos dos últimos conceptos se reparten por posibilidades de pesca a todos los censos y dentro de ellos por posibilidades de pesca al barco en los casos que cuentan con reparto individual-. Previamente se ha procedido a deducir a los buques que realizaron sobrepesca en 2022 las cantidades sobrepescadas; a las cantidades sobrepescadas se les han aplicado los factores multiplicadores previstos en el artículo 105 del Reglamento del Consejo (EC) N.º 1224/2009, de 20 de noviembre, por el que se establece un régimen de comunitario de control para garantizar el cumplimiento de las normas de las política pesquera común, previsión que quedó recogida en el artículo 9, apartado 3, de la norma APA/315/2020, de 1 de abril.

Según se establece en el artículo 9 de la misma Orden APA/315/2020, se procede por parte de la Secretaría General de Pesca a la carga de este reparto en la aplicación de gestión de cuotas, al no ser necesario resolución expresa.”